Guía práctica · IVA trimestral

Modelo 303: cómo se rellena y se presenta el IVA trimestral

El 303 es la declaración que más quebraderos de cabeza da al autónomo español. Te explicamos qué va en cada bloque, cuándo se presenta y qué errores provocan requerimientos de la AEAT.

  • Plazos trimestrales y domiciliación
  • Casillas de IVA devengado y deducible
  • Resultado a ingresar, compensar o devolver
  • Errores frecuentes y cómo evitarlos
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Los tres bloques del modelo

IVA devengado (casillas 1 a 9)

Bases y cuotas de tus ventas por tipo aplicable: 21 %, 10 % y 4 %. Aquí entran también las operaciones con inversión del sujeto pasivo y los recargos de equivalencia si vendes a minoristas en ese régimen.

IVA deducible (casillas 28 a 45)

Cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes, bienes de inversión, importaciones y adquisiciones intracomunitarias. Solo es deducible el gasto afecto a la actividad y con factura completa a tu nombre.

Resultado (casillas 71 a 76)

Diferencia entre devengado y deducible, menos las cuotas a compensar de periodos anteriores. El resultado puede ser a ingresar, a compensar, a devolver (solo 4T) o sin actividad.

Calendario habitual de presentación

Plazos de presentación del modelo 303 por trimestre
PeriodoMeses declaradosPlazo general
1TEnero – marzo1 al 20 de abril
2TAbril – junio1 al 20 de julio
3TJulio – septiembre1 al 20 de octubre
4TOctubre – diciembre1 al 30 de enero

Los plazos se acortan si domicilias el pago. Confirma siempre las fechas del ejercicio en el calendario del contribuyente publicado por la AEAT.

Cinco errores que provocan requerimientos

  1. 1.Deducir gastos sin factura completa (un ticket simple no da derecho a deducción).
  2. 2.Olvidar las operaciones intracomunitarias y no presentar el modelo 349 asociado.
  3. 3.No declarar facturas emitidas y cobradas en el trimestre siguiente: el IVA se devenga con la emisión.
  4. 4.Descuadres entre el 303 y el resumen anual del modelo 390.
  5. 5.Deducir el 100 % de gastos de uso mixto (vehículo, suministros del domicilio) sin justificar el porcentaje de afectación.

Contenido divulgativo, no asesoramiento fiscal. Ante dudas sobre tu caso concreto, consulta con un asesor colegiado o con la propia AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el modelo 303?
Es la autoliquidación periódica del IVA. En ella declaras el IVA repercutido a tus clientes y el IVA soportado deducible de tus gastos, y pagas la diferencia a Hacienda o la compensas en periodos siguientes.
¿Cuándo se presenta el modelo 303?
Con carácter general, del 1 al 20 del mes siguiente al final de cada trimestre (abril, julio y octubre), y el cuarto trimestre en enero. Si domicilias el pago, el plazo termina antes; consulta el calendario del contribuyente de la AEAT del ejercicio en curso.
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
La presentación extemporánea sin requerimiento previo conlleva un recargo que aumenta con el tiempo transcurrido, además de los intereses de demora que correspondan. Si hay requerimiento de la AEAT, puede tramitarse como sanción.
¿Y si me sale a devolver?
Fuera del régimen de devolución mensual, el resultado a favor se compensa en las siguientes autoliquidaciones y solo puedes solicitar la devolución en el último periodo del año.
¿Tengo que presentarlo si no he facturado nada?
Sí. Si estás dado de alta en el censo con obligación de IVA, debes presentar la autoliquidación aunque el resultado sea cero o sin actividad.
¿ContaFlow rellena el 303 por mí?
ContaFlow calcula el borrador con tus facturas emitidas y tus gastos registrados, señala los importes que no cuadran y te deja revisarlo antes de presentarlo ante la AEAT con tu certificado digital o Cl@ve.

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